En principio, para la legislación argentina, sólo son ciudadanos argentinos las personas nacidas dentro del territorio argentino. Sin embargo, las personas nacidas fuera del territorio argentino pueden adquirir la nacionalidad argentina de dos maneras: opción por la nacionalidad argentina o naturalización.
Sólo pueden obtener la nacionalidad argentina por opción por la nacionalidad argentina los hijos de ciudadanos argentinos nativos nacidos en el exterior.
Pueden obtener la nacionalidad argentina por naturalización los cónyuges de ciudadanos argentinos y los extranjeros que hubieran residido por 2 años en Argentina de manera ininterrumpida.
La obtención de la nacionalidad argentina por opción o por naturalización no implica, para la legislación argentina, renuncia o pérdida de ninguna otra nacionalidad.
1. Opción por la nacionalidad argentina
** La opción por la nacionalidad argentina puede realizarse tanto en Argentina ante el Registro Civil o en el exterior ante la Embajada o Consulado argentino con jurisdicción sobre el lugar de residencia actual del optante.
En ambos casos, la opción por la nacionalidad argentina requiere la previa inscripción de la partida de nacimiento del optante ante la Embajada o Consulado argentino con jurisdicción sobre el lugar de nacimiento.
Tenga en cuenta esto si decide tramitar la opción en Argentina o ante Embajada o Consulado argentino que no tiene jurisdicción sobre el lugar de nacimiento puesto que en estos casos se le exigirá haber realizado previamente la inscripción de la partida de nacimiento ante la Embajada o Consulado argentino con jurisdicción sobre el lugar de nacimiento.
** Tras realizar la opción por la nacionalidad argentina en la Embajada, se solicitará un DNI argentino para el optante, el cual será remitido por correo postal a la Embajada.
Si el optante es menor de 14 años se podrá solicitar en simultáneo con su primer DNI su primer pasaporte biométrico argentino. Si la persona es mayor de 14 años podrá tramitar su pasaporte argentino recién después de haber recibido su primer DNI argentino.
El optante menor de 16 años sólo puede realizar opción por la nacionalidad argentina acompañado de ambos padres. El mayor de 16 años puede hacerlo por sí mismo, sin necesidad de acompañamiento de padre o madre argentino/a.
** Tipo de trámite: Presencial.
** Arancel: Monto en THB equivalente a USD 40 por cada 25 renglones o fracción inferior a 25 renglones. Si el optante nació en Tailandia y la partida de nacimiento es tailandesa, usualmente se trata del monto en THB equivalente a USD 40. Este valor se paga al tipo de cambio consular vigente el día del turno. El monto exacto en THB es informado en el turno consular.
En caso de solicitar también pasaporte biométrico se debe adicionar el costo de USD 165 al tipo de cambio consular del día de tramitación.
Procedimiento
1° | Solicite turno por correo electrónico a: secon_etail@mrecic.gov.ar informando nombre y apellido del optante y –si lo desea– preferencia de días para el turno.
ATENCIÓN: Adjunte al correo electrónico copia escaneada de toda la documentación necesaria para el trámite.
2° | Espere la asignación de turno por la Embajada, que usted recibirá por correo electrónico.
3° | Preséntese al turno acompañado de la documentación necesaria para el trámite. Si usted es menor de 16 años, debe concurrir acompañado de ambos padres, a menos que uno de ellos haya fallecido, caso en el cual deberá presentar documento probatorio de la defunción conforme se indica abajo.
Documentación necesaria
1 | Si el nacimiento tuvo lugar en Tailandia, Camboya, Laos o Myanmar: partida de nacimiento legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país correspondiente.
Si el nacimiento tuvo lugar en otro país: certificado de inscripción de partida de nacimiento otorgado por la Embajada o Consulado argentino que tiene jurisdicción sobre el lugar de nacimiento.
2 | Traducción al español de la partida de nacimiento local, efectuada por traductor oficial.
3 | Partida de nacimiento argentina certificada del padre o madre argentino (una partida si ambos son argentinos). Atención: no confundir partida de nacimiento con "certificado de nacimiento".
4 | Si el optante es menor de 16 años: DNI de ambos padres, si ambos son argentinos, o DNI del padre o madre argentino/a y pasaporte del padre o madre no argentino/a.
Si el menor concurre con un solo padre porque el otro falleció, debe presentar además documento probatorio de la defunción del padre no acompañante. Si la defunción se produjo en Argentina, ese documento es partida de defunción certificada.
Si el optante es mayor de 16 años: documento de identidad o pasaporte actual propio y copia de DNI del padre o madre argentino.
5 | Si el optante es menor de 1 año: 1 foto color, de 4 cm x 4 cm, de frente, fondo perfectamente blanco, sin anteojos ni sombrero (deberá remitirla escaneada también en su solicitud de turno consular).
2. Naturalización
Pueden obtener la nacionalidad argentina por naturalización los cónyuges de ciudadanos argentinos y los extranjeros que hubieran residido por 2 años en Argentina de manera ininterrumpida y que continuen viviendo en la República.
La naturalización sólo puede tramitarse en Argentina vía judicial ante cualquier juzgado federal del fuero civil.
El interesado con residencia en el exterior o en la Ciudad de Buenos Aires, debe concurrir a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, ubicada en Talcahuano 550 (Planta Baja, Oficina 2083) cualquier día hábil de 7:30 a 13:30.
Al completar el trámite, el interesado obtiene una carta de ciudadanía, con la cual podrá tramitar su DNI argentino.
Requisitos
- Ser mayor de 18 años.
- Haber contraído matrimonio con ciudadano argentino o haber residido 2 años en Argentina de manera ininterrumpida.
Documentación necesaria
- Partida de matrimonio o certificación por parte de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) de haber residido 2 años en Argentina de manera ininterrumpida.
Si el matrimonio tuvo lugar fuera de Argentina, deberá tramitarse previamente inscripción de la partida de matrimonio en Argentina, respecto de lo cual resultan pertinentes estas instrucciones.
- Partida de nacimiento de su nacionalidad debidamente legalizada. Si nació en Tailandia, Camboya, Laos o Myanmar: partida de nacimiento legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país correspondiente, acompañada de traducción oficial al español.
- Fotocopia de DNI y/o pasaporte.
- Certificado de carencia de antecedentes penales.
- Certificado de domicilio.
- Justificación de medios de vida: contrato de trabajo, certificado de trabajo actual o recibo de sueldo. En caso de ser autónomo, fotocopia de comprobante de aportes.
- Si hay hijos argentinos: fotocopia de las partidas de nacimiento y certificado de DNM.