1. Inscripción de partida de nacimiento
Todo nacimiento de hijo de ciudadano argentino producido en el exterior puede ser inscripto, a pedido de parte interesada, en el Libro de Registro Civil de la Embajada o Consulado argentino que tiene jurisdicción sobre el lugar de nacimiento.
Puede inscribirse en el Libro de Registro Civil de esta Embajada todo nacimiento de hijo de ciudadano argentino producido en Tailandia, Camboya, Laos o Myanmar.
La inscripción en el Libro permite al nacimiento surtir efecto en Argentina con efecto retroactivo al día en que se produjo.
No atribuye por sí mismo nacionalidad argentina al menor pero es condición necesaria para poder realizar posteriormente el trámite de opción por la nacionalidad argentina.
Tipo de trámite: Presencial.
Arancel: monto en THB equivalente a USD 40 por cada 25 renglones o fracción, al tipo de cambio consular del día de tramitación. El monto exacto en THB es informado en el turno consular.
Procedimiento
1° | Solicite turno por correo electrónico a: secon_etail@mrecic.gov.ar informando nombre y apellido del menor y –si lo desea– preferencia de días para el turno.
Adjunte al correo electrónico copia escaneada de la documentación necesaria para el trámite, en formato PDF o JPG.
2° | Espere la asignación de turno por la Embajada, que usted recibirá por correo electrónico.
3° | Preséntese al turno acompañado de la documentación necesaria para el trámite. No se requiere concurrencia del menor.
Documentación necesaria
1 | Partida de nacimiento local legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Tailandia, Camboya, Laos o Myanmar.
2 | Traducción al español de la partida de nacimiento local, efectuada por traductor oficial.
3 | DNI argentino (o pasaporte, si no es argentino) del padre o madre solicitante de la inscripción.
2. Inscripción de partida de matrimonio
Las Embajadas y Consulados argentinos en el exterior no realizan inscripciones de partidas de matrimonio correspondientes a matrimonios celebrados fuera del territorio argentino.
Para que ese matrimonio surta efecto en Argentina, la partida de matrimonio debe ser inscripta ante el Registro Civil en Argentina.
La persona interesada puede solicitar esa inscripción ante cualquier juzgado federal, sea personalmente o a través de un apoderado. Lea aquí las instrucciones para firma de poder.
Para que la inscripción se realice, se requerirá que la persona interesada o apoderado presente los siguientes documentos:
- Partida o certificado de matrimonio original, legalizado en el país en que se celebró el matrimonio.
- Traducción al español de la partida de matrimonio legalizada, realizada por traductor público en Argentina.
3. Inscripción de partida de defunción
Toda defunción de ciudadano argentino producida en el exterior debe ser inscripta en el Libro de Registro Civil de la Embajada o Consulado argentino que tiene jurisdicción sobre el lugar de defunción.
Debe inscribirse en el Libro de Registro Civil de la Embajada Argentina en Tailandia toda defunción de ciudadano argentino producida en Tailandia, Camboya, Laos o Myanmar.
La inscripción en el Libro permite a la defunción surtir efecto en Argentina con efecto retroactivo al día en que se produjo.
Arancel: Puede ser gratuita (de tratarse de una inscripción de oficio) o arancelada (de realizarse a pedido de parte). En este último caso, el monto en THB es el equivalente a USD 40 por cada 25 renglones o fracción inferior a 25 renglones, que se paga al tipo de cambio consular del día de tramitación. El monto exacto en THB es informado en el turno consular.
Demora: el trámite se completa el mismo día. El original de la inscripción queda archivado en el Libro de la Embajada. El solicitante de la inscripción obtiene certificado de inscripción de defunción.
Procedimiento
1° | Solicite turno por correo electrónico a secon_etail@mrecic.gov.ar informando nombre y apellido del difunto y –si lo desea– preferencia de días para el turno.
2° | Espere la asignación de turno por la Embajada, que usted recibirá por correo electrónico.
3° | Preséntese al turno acompañado de la documentación necesaria para el trámite.
Documentación necesaria
1 | Certificado de defunción emitida por autoridades locales, legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se haya emitido.
2 | Traducción al español de dicho documento, efectuada por traductor oficial.
3 | DNI argentino (o pasaporte, si no es argentino) del solicitante de la inscripción.
4 | DNI argentino del difunto, en caso de poseerlo.