1. Certificado de soltería
Se expide a favor de todo interesado que desee probar ante autoridades de Tailandia, Camboya, Laos o Myanmar su estado civil de soltería.
A tal efecto, la Embajada Argentina toma en cuenta el estado civil registrado en la base de datos de RENAPER, que será el declarado por usted la última vez que tramitó DNI o pasaporte argentino.
Arancel: monto en THB equivalente a USD 40 al tipo de cambio consular del día de tramitación. El monto exacto en THB es informado en el turno consular.
Duración estimada del turno consular: máximo 30 minutos.
Demora estimada para recibir el documento: El certificado de soltería consular se entrega al finalizar el trámite.
Procedimiento
1° | Solicite turno por correo electrónico a secon_etail@mrecic.gov.ar informando nombre y apellido, número de DNI, fecha de nacimiento y –si lo desea– preferencia de días para el turno.
2° | Espere la asignación de turno por la Embajada, que usted recibirá por correo electrónico.
3° | Preséntese al turno acompañado de la documentación necesaria para el trámite.
2. Certificado de domicilio
Se expide a favor del ciudadano argentino que desee probar ante autoridades de Tailandia, Camboya, Laos o Myanmar que reside actualmente en alguno de esos países.
Para realizar este trámite es necesario haber realizado (o realizar en el mismo momento) cambio de domicilio en el DNI argentino del interesado, trámite que implica la emisión de un nuevo DNI tarjeta.
Arancel: monto en THB equivalente a USD 40 al tipo de cambio consular vigente el día de tramitación. El monto exacto en THB es informado en el turno consular.
Tenga en cuenta que, si en el mismo turno realiza también cambio de domicilio en su DNI argentino, debe también abonar el arancel de este trámite independiente, que consiste en el monto en THB equivalente a USD 15.
Procedimiento
1° | Solicite turno por correo electrónico a secon_etail@mrecic.gov.ar informando nombre y apellido, número de DNI y –si lo desea– preferencia de días para el turno.
En caso de que para la realización del registro deba tramitar también el cambio de domicilio en su DNI argentino, menciónelo en el correo electrónico.
2° | Espere la asignación de turno por la Embajada, que usted recibirá por correo electrónico.
3° | Preséntese al turno acompañado de la documentación necesaria para el trámite.
Documentación necesaria
1 | DNI o pasaporte argentino válido.
2 | Documentación probatoria de su residencia en Tailandia, Camboya, Laos o Myanmar. Por ejemplo: facturas de servicios a nombre del interesado, contrato de alquiler, etc.
3. Certificado de supervivencia
Se expide a solicitud del interesado a fines de probar su "existencia" con residencia en el exterior, lo cual lo habilita al cobro de jubilaciones, pensiones o retiros dentro de regímenes previsionales de Argentina.
Arancel: Gratis.
Procedimiento
1° | Solicite turno por teléfono llamando al 0 2259 0401 – internos 57 o 59, cualquier día laboral de 09:00 a 16:00.
Si por razones debidamente justificadas se encontrara impedido de asistir en forma personal a la Embajada, deberá manifestarlo a fines de solicitar un criterio de excepción.
2° | Preséntese al turno acompañado de la documentación necesaria para el trámite.
Documentación necesaria
1 | DNI, libreta cívica, libreta de enrolamiento o pasaporte argentino válido, o bien documento emitido por la autoridad local que permita identificar al interesado y comprobar su domicilio.
2 | Fotocopia del recibo de haber o de carnet de jubilado/pensionado de la caja de Jubilación o Pensión.
4. Certificado de residencia en el exterior
Se expide a favor de todo interesado que desee probar ante autoridades argentinas haber residido en Tailandia, Camboya, Laos o Myanmar durante un período determinado.
Usualmente este certificado es requerido por ciudadanos argentinos que retornan a Argentina con carácter permanente para poder acogerse al beneficio de ingreso exento de tributo de sus efectos personales y del hogar, otorgado por la Dirección General de Aduanas de la AFIP.
Para gozar de esta exención, los viajeros deberán acreditar su radicación fuera de Argentina por un plazo superior a los 2 años; no pudiendo hacer uso nuevamente de este beneficio hasta después de haber transcurrido el plazo de 3 años contados a partir de la fecha del último libramiento de exención para el ingreso de bienes.
Los bienes deberán arribar al país dentro de los 3 meses anteriores o hasta los 6 meses posteriores del ingreso al país del beneficiario y sólo serán liberados después del arribo del mismo.
En el presente régimen los bienes deberán ingresar como carga, no correspondiendo su ingreso por vía de Turismo.
El certificado de residencia en el exterior que emite la Sección Consular tiene una validez de seis meses (180 días) contados desde el ingreso del titular del mismo a la Argentina.
Arancel: monto en THB equivalente a USD 80 al tipo de cambio consular vigente el día de tramitación. El monto exacto en THB es informado en el turno consular.
Procedimiento
1° | Solicite turno por correo electrónico a secon_etail@mrecic.gov.ar informando nombre y apellido, número de DNI y –si lo desea– preferencia de días para el turno.
Si necesita el certificado para acogerse al beneficio de ingreso de bienes libre de tributos otorgado por la Dirección General de Aduanas, adjunte al correo electrónico copia escaneada de la documentación probatoria de su residencia en Tailandia, Camboya, Laos o Myanmar durante por lo menos dos (2) años, de modo que la Embajada pueda verificar de antemano que efectivamente cuenta con la documentación correcta.
2° | Espere la asignación de turno por la Embajada, que usted recibirá por correo electrónico.
3° | Preséntese al turno acompañado de la documentación necesaria para el trámite:
Documentación necesaria
1 | DNI o pasaporte argentino válidos.
2 | Documentación probatoria de su residencia en Tailandia, Camboya, Laos o Myanmar. Por ejemplo: contrato de alquiler y/o facturas de servicios a nombre del interesado, visados, sellos en el pasaporte, etc.
Importante
-El certificado se emite con firma digital y se entrega al interesado por correo electrónico. Dicho documento no requiere de legalizaciones o certificaciones posteriores para su presentación ante AFIP.
-Si del pasaporte surge que, durante el período de estancia en el exterior la persona permaneció en Argentina por más de 60 días (en total), se deberá dejar constancia de ese hecho en el certificado.
-Si su transportadora requiere que se intervenga el listado de bienes a ingresar, puede aplicarse un Visto, por el cual la Embajada da fecha cierta al documento (no certifica la autenticidad de la información).